Helms-Burton, una vez más

Por: Michel E. Torres Corona

La Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática cubanas de 1996 (conocida como “Helms-Burton”) fue la hija bastarda de una coyuntura histórica y que terminó por propiciar que el control de la Cámara y del Senado recayera en sectores de extrema derecha[1].

El derribo de dos avionetas de “Hermanos al Rescate”, que violaban el espacio aéreo cubano y fueron denunciadas por nuestro gobierno por contravenir las normativas internacionales, aumentó la presión de esa extrema derecha con poderes legislativos sobre Clinton.[2] El presidente promulgó la Ley Helms-Burton, el 12 de marzo de 1996, firmando el acta formal con un bolígrafo que luego entregaría, con todo simbolismo, a Jorge Mas Canosa, cabecilla de la infame Fundación Nacional Cubano-Americana.

El propósito de la ley era asegurar que ningún presidente pudiera levantar el bloqueo (cándidamente conocido en como “embargo”) ni cambiar la antagónica y genocida hacia el pueblo cubano. Los legisladores estadounidenses incrementaron la extraterritorialidad del bloqueo y de las sentencias judiciales emitidas en sus Cortes, para intentar desestimular la inversión extranjera en nuestro país e impedir que recibiera facilidades de pago o cualquier tipo de créditos, vitales para cualquier economía en desarrollo.[3]

Desde su primer borrador, el proyecto de Ley tenía cuatro capítulos, con sus respectivos objetivos: recrudecer el bloqueo; un programa para el gobierno de “transición”; someter a la jurisdicción estadounidense a toda persona natural o jurídica que invierta en propiedades norteamericanas expropiadas ; negar visas a aquellos que “trafiquen” con dichas propiedades.

En un hecho insólito en la historia estadounidense, el Ejecutivo presidencial cedía sus prerrogativas exclusivas sobre la exterior. Se elevó a la categoría normativa de Ley a todas las anteriores normas, regulaciones, reglamentos y órdenes presidenciales en relación con el bloqueo impuesto a Cuba.

De acuerdo con la ley promulgada, establecería (luego del inminente colapso de la “dictadura castrista”) un gobierno transicional que excluiría, sea cual fuere la voluntad popular, a los principales dirigentes de la Revolución. Las principales instituciones del país, incluidas las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio del Interior, serían disueltas.[4]

se arrogaba la potestad de legislar por Cuba, incluso de definir la democracia y su modelo para nuestro país.

El gobierno de transición, designado por Washington, trabajaría por la devolución de las propiedades expropiadas o confiscadas[5] de los ciudadanos norteamericanos de origen cubano que viven en los después del 1ro de enero de 1959, sin distinguir a esbirros de la dictadura, políticos corruptos o vulgares testaferros de la mafia que campeaba a sus anchas en nuestro país antes del triunfo revolucionario.

La Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1974, dispone que “todo Estado tiene derecho a nacionalizar, expropiar o transferir la propiedad de bienes extranjeros, en cuyo caso, el Estado que adopte esas medidas deberá pagar una compensación apropiada, teniendo en cuenta sus leyes y reglamentos aplicables y todas las circunstancias que el Estado considere pertinente. En cualquier caso en que la competencia sea motivo de controversia, esta será resuelta conforme a la ley nacional del Estado que nacionaliza”.

Sin embargo, la Ley Helms-Burton otorga competencia a las Cortes estadounidenses para fallar sobre las expropiaciones y establecer, a su arbitrio, una “debida indemnización”; en contravención de la Resolución 1803 (XVII) aprobada por la Asamblea General de la ONU, el 14 de diciembre de 1962[6]. Ya en 1997, expertos estadounidenses calcularon un valor aproximado de 100 000 millones de dólares. Hoy en día la suma sería mucho mayor.

La Helms-Burton formalizó legalmente la política injerencista de fomentar la oposición y desarrollar la subversión política, lo que hasta entonces se hacía de forma encubierta por la Comunidad de Inteligencia estadounidense[7], y establecía como lícitas las acciones de inteligencia contra Cuba, para cumplir los propósitos del bloqueo; todo ello en franca violación de principios fundamentales del Derecho Internacional como la no intervención en asuntos internos y la autodeterminación de los pueblos.

Como parte de la Ley del Presupuesto de E.E.U.U, correspondiente al año fiscal 1998-1999, se aprobaron 11 enmiendas para extender el alcance de la Helms-Burton, asignando de manera oficial un mínimo de dos millones de dólares para “promover la oposición en Cuba”[8].

Hoy, la Ley Helms-Burton vuelve a los espacios mediáticos nacionales e internacionales. Aun y cuando nunca ha dejado de estar en vigor, esta es la primera vez desde su aprobación que se abre la puerta a demandas judiciales, al amparo del título III, para “reclamar” una indemnización casi sesenta años después del proceso de nacionalización y “condenar” a pagos multimillonarios a las empresas “aliadas de la dictadura”.

Todos los gobernantes norteamericanos (incluido Bill Clinton) han vetado la posibilidad de efectuar demandas a compañías que “trafiquen” con propiedades nacionalizadas tras la Revolución. Pero la administración Trump, y en particular el secretario de Estado Mike Pompeo, suspendió por apenas 30 días (contrario a los seis meses habituales) la aplicación de este polémico título.

El pasado 4 de marzo, Pompeo volvió a declarar una suspensión por 30 días pero con una salvedad: el derecho a interponer una acción contra una entidad o subentidad cubana identificada por su nombre en la Lista de Entidades y Subentidades con Restricciones Asociadas con Cuba (también conocida como Lista sobre Entidades con Restricciones de Cuba).

La Helms Burton podrá aplicarse en breve contra empresas y entidades cubanas “relacionadas con los sectores de y defensa”, a partir de una lista de “enemigos comerciales de la Isla”; una relación que incluye ministerios cubanos como el MINFAR y el MININT, firmas comerciales, establecimientos hoteleros y corporaciones, algunos de ellos ligados a inversiones extranjeras, especialmente en el mercado turístico.

Pompeo precisó que se “evaluará” la idea de seguir abriendo el abanico contra otras firmas y negocios en la Mayor de las Antillas. A su vez, el asesor de Nacional de la Casa Blanca, John Bolton, confirmó que el gobierno de Donald Trump se dispone a aplicar nuevas sanciones contra Cuba.

De más está decir que las nacionalizaciones en Cuba fueron de propósito público y no para beneficio privado, aplicadas mediante procedimientos legales de expropiación forzosa por causa de utilidad pública e interés nacional. Fue el gobierno de quien impidió en su momento a sus nacionales solicitar el procedimiento de indemnización dispuesto en la ley nacionalizadora; a diferencia de otros gobiernos que negociaron acuerdos de indemnización global

Las exigencias prepotentes del gobierno estadounidense, manifiestas en la letra de la Helms-Burton y en sus actos, traerían (si tuvieran éxito), consecuencias desastrosas para Cuba. En palabras de Fidel: “Prácticamente todos los agricultores de este país perderían sus tierras (…) Todas las UBPC, todas las cooperativas, perderían lo que tienen, todas sus propiedades. En un país como Cuba, donde el 85% de las familias es propietario de su vivienda, en virtud de las leyes de la Revolución y de la obra de la Revolución, todas esas familias perderían la propiedad de las viviendas.”[9]

Notas:

[1] Por ese entonces, Jesse Helms preside el Comité de Relaciones Exteriores del Senado y Dan Burton, el Comité de Asuntos Hemisféricos en la Cámara de Representantes. Las críticas más fuertes contra la administración de William Clinton iban dirigidas a su supuesta “pasividad” frente a Cuba y su “renuencia” a fortalecer el bloqueo.

En una entrevista a CNN en abril de 1995, Clinton opinó que la legislación era “innecesaria”, pero que apoyaba los objetivos de la ley. Su administración estuvo dispuesta a trabajar con el Congreso para hacer el bloqueo más efectivo y proteger las “propiedades estadounidenses”.

[2] Se llegó a valorar como respuesta una opción militar. El “golpe quirúrgico” que fue desestimado por la directiva del Ejército estadounidense. [3] El contexto global era bastante agreste para Cuba en ese entonces: el derrumbe del campo socialista, la desintegración de la URSS y, por consiguiente, la necesidad de volver a insertarse en un sistema de intercambio comercial marcado por la globalización neoliberal llevaron a la Revolución a aprobar reformas, como la posibilidad de la inversión extranjera. [4] La ley contempla también la “renegociación” del acuerdo sobre la Base Naval de Guantánamo, sin garantías para su devolución. [5] El Congreso, asumiendo una función judicial que le resulta ajena, decretó que las confiscaciones cubanas fueron ilegales, sin atender a que las controversias de este tipo son materia de Derecho Internacional.

La confiscación, a diferencia de la expropiación, presupone un hecho punible. Por ende, no implican indemnización alguna. Para determinar en cada caso, mediante escrupuloso expediente, los bienes malversados, se creó el Ministerio de Recuperación de Bienes Malversados. Muchos de los “reclamantes” de la Helms-Burton de origen cubano, fueron realmente confiscados y no nacionalizados.

[6] Titulada “Soberanía permanente sobre los recursos naturales”, dispone: “En cualquier caso en que la cuestión de la indemnización dé origen a un litigio, debe agotarse la jurisdicción nacional del Estado que adopte esas medidas. No obstante, por acuerdo entre Estados soberanos y otras partes interesadas, el litigio podrá dirimirse por arbitraje o arreglo judicial internacional”. [7] Sec. 109.  (…) Se autoriza al Presidente a prestar asistencia y otros tipos de apoyo a personas y organizaciones no gubernamentales independientes en favor de los esfuerzos de democratización de Cuba. [8] Apenas mencionar que Radio y TV Martí, que forman parte de la OCB (Office of Cuban Broadcasting, transmisiones a Cuba de índole subversiva), cuentan con un presupuesto anual que supera los veinte millones de dólares. [9] Discurso pronunciado por el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, en la clausura del Festival Juvenil Internacional Cuba Vive, efectuada en el teatro “Carlos Marx”, el 6 de agosto de 1995, “Año del Centenario de la Caída de José Martí”.

Fuente: Razones de Cuba

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